RESERVA DE CAPITALIZACIÓN: FECHA DEL ACUERDO DE JUNTA

Como viene siendo habitual en los últimos años, los contribuyentes (y sus asesores) tienen que esperar a que la Administración tributaria emita su criterio sobre algún punto normativo, de reciente puesta en vigor, que el legislador (seguramente, el pre-legislador) no ha sido capaz de expresar con suficiente claridad para que su aplicación no genere conflictos, generalmente gratuitos. En el artículo 25 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, (LIS) nos encontramos con uno de estos casos: en la letra b) del apartado 1 se habla de la dotación de la reserva de capitalización, que constituye uno de los requisitos

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